La declaración del IVA parece más complicada de lo que es. Quien entiende el formulario una vez, lo rellena en media hora. Los errores caros casi nunca ocurren al calcular – sino con los plazos y la conciliación de fin de año.
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Primero la contabilidad, luego el formulario
La declaración del IVA no es una obra independiente, sino un extracto de su contabilidad. Quien la rellena antes de que el período esté bien contabilizado produce correcciones. Antes del formulario debe estar hecho:
- Todas las facturas emitidas del período registradas.
- Todos los justificantes de proveedores contabilizados – cada justificante que falta es impuesto soportado regalado.
- Movimientos bancarios conciliados, para que nada esté contabilizado dos veces o ninguna.
- Libro de caja llevado y conciliado si cobra en efectivo.
El formulario en cuatro bloques
La declaración de la AFC parece confusa a primera vista, pero sigue una lógica clara. Estas son las casillas que necesita en la práctica:
Bloque I – ingresos
| Casilla | Contenido |
|---|---|
| 200 | Importe total de las contraprestaciones acordadas o recibidas |
| 220 | Prestaciones exentas, por ejemplo exportaciones |
| 221 | Prestaciones en el extranjero |
| 230 | Prestaciones no imponibles |
| 235 | Minoraciones: descuentos por pronto pago, rebajas, pérdidas de deudores |
| 289 | Total de deducciones |
| 299 | Facturación total imponible – casilla 200 menos casilla 289 |
Bloque II – impuesto adeudado
| Casilla | Contenido |
|---|---|
| 303 | Tipo normal 8,1 % |
| 313 | Tipo reducido 2,6 % |
| 343 | Tipo de alojamiento 3,8 % |
| 383 | Impuesto de adquisición sobre prestaciones del extranjero |
| 399 | Total del impuesto adeudado |
Quien liquida con el tipo de saldo encuentra aquí en su lugar las casillas 321 y – con dos tipos autorizados – 331.
Bloque III – impuesto soportado
| Casilla | Contenido |
|---|---|
| 400 | Impuesto soportado en material y servicios |
| 405 | Impuesto soportado en inversiones y demás gastos de explotación |
| 410 | Desgravación posterior del impuesto soportado |
| 415 | Correcciones del soportado: uso mixto, autoconsumo |
| 420 | Reducciones del impuesto soportado |
| 479 | Total del impuesto soportado |
Bloque IV – lo que hay que pagar
La casilla 500 muestra el importe debido a la AFC, la 510 un saldo a su favor. Las casillas 900 y 910 registran subvenciones, donaciones y similares – no aumentan el impuesto pero pueden llevar a reducciones del soportado.
Las casillas 410 y 415 son las más olvidadas – justo al cambiar de método o al pasar de patrimonio privado a empresarial.
Los plazos que de verdad cuentan
- 60 días tras el fin del período de liquidación: presentar y pagar, sin requerimiento.
- 180 días tras el fin del ejercicio: las diferencias de la conciliación de ingresos deben corregirse hasta el período de liquidación en el que cae ese día. Esa es la finalización.
- 240 días tras el fin del ejercicio: si hasta entonces no llega ninguna declaración correctiva, el período fiscal se considera cerrado.
Puede pedir a la AFC una prórroga de presentación. No aplaza el vencimiento del pago – los intereses de demora siguen corriendo. Quien va justo, mejor paga un anticipo estimado y presenta más tarde.
La conciliación de ingresos – el paso que la mayoría se salta
A fin de año concilia: ¿la suma de los ingresos declarados en las liquidaciones coincide con los ingresos de su cuenta de resultados? ¿Y el soportado liquidado con las cuentas de soportado?
Las diferencias típicas surgen de:
- Pérdidas de deudores amortizadas pero nunca declaradas en la casilla 235.
- Partes privadas del vehículo de empresa o del teléfono sin liquidar.
- Ingresos en cuentas que nadie asignó al IVA – ingresos accesorios, ventas de activos, ingresos por venta de ocasión.
- Desfases de período entre fecha de factura y cobro al cambiar el tipo de liquidación.
Quien hace esta conciliación por sí mismo encuentra la diferencia antes que la AFC. Quien la salta, la encuentra en la próxima inspección – con pago atrasado e intereses de demora.
Lo que un buen software le quita de encima aquí
Rellenar el formulario desde los asientos es puro trabajo mecánico y por tanto un caso para el software. Tiene sentido:
- Asignación automática de los códigos de IVA a las casillas correctas.
- Un aviso cuando un período vencido sigue abierto.
- Conciliación de ingresos con un clic en lugar de un cálculo aparte en Excel.
- Ambos métodos – efectivo y tipo de saldo – sin rehacer el mandante.
Eso es exactamente lo que hace Accounty: declaración del IVA, control de períodos y conciliación bancaria están incluidos en el precio, sin recargo. Qué método le conviene lo aclara nuestro artículo sobre el Tipo de saldo.
Preguntas frecuentes
¿Para cuándo debo presentar la declaración del IVA?
Dentro de los 60 días tras el fin del período de liquidación, sin requerimiento (art. 71 de la ley suiza del IVA). El pago vence en el mismo plazo (art. 86). Puede pedirse una prórroga de presentación a la AFC – pero no aplaza el pago ni detiene los intereses de demora.
¿Con qué frecuencia debo declarar?
Con el método efectivo, normalmente trimestral; con el tipo de saldo, semestral. Desde el 1 de enero de 2025 también es posible la liquidación anual a petición si la facturación no supera CHF 5 005 000 – con pagos a cuenta durante el año.
¿Qué es la conciliación de ingresos?
El cotejo entre los ingresos declarados y la contabilidad en el cierre anual. Cualquier desviación debe corregirse – a más tardar en el período de liquidación en el que cae el día 180 tras el fin del ejercicio. Es la finalización según el art. 72 de la ley del IVA.
¿Qué pasa si no corrijo nada?
Si en 240 días tras el fin del ejercicio no llega ninguna declaración correctiva, la AFC asume que sus declaraciones presentadas son completas y correctas. El período fiscal se considera entonces finalizado.
¿Qué tipos impositivos rigen actualmente?
Desde el 1 de enero de 2024: 8,1 por ciento el tipo normal, 2,6 por ciento el reducido para bienes de uso diario y 3,8 por ciento el especial para alojamiento.
¿Contraprestaciones acordadas o recibidas – cuál es la diferencia?
Con la liquidación por contraprestaciones acordadas cuenta la fecha de la factura; por recibidas, el cobro. Quien tiene muchos deudores con plazos largos protege su liquidez liquidando por contraprestaciones recibidas, porque el impuesto solo vence al cobrar.
Siga leyendo: ¿Tipo de saldo o método efectivo? · Software contable comparado · Accounty para fiduciarias
Este artículo refleja la situación a agosto de 2026 y sirve de orientación general. Son determinantes las publicaciones de la Administración Federal de Contribuciones suiza y las leyes vigentes. No sustituye un asesoramiento individual.
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